Plan de emergencia

23 junio 2021

Centro de Comunicaciones de la Universidad Miguel Hernández.

Si fuera necesario requerir ayuda externa directamente, llamar al 112, pero informar cuando sea posible al teléfono 96 665 86 65 de la incidencia producida y acciones realizadas (para evitar duplicidades y posibilitar incrementar el apoyo necesario).

Para avisos de incidentes, información y apoyo en emergencias en el horario de apertura de la Universidad:

    • Teléfono : 96 665 86 65.
    • Extensión: 8665.

En el Centro de Comunicaciones se dispone de:

  1. De instrucciones para reaccionar, orientar, apoyar e informar del tratamiento de la emergencia.
  2. Teléfonos de los componentes de los distintos Equipos de Emergencia que pueden actuar y, en su caso, de las Autoridades Universitarias que deban tomar la decisión o ser informadas de la incidencia o emergencia presentada.

Si no puede llamar por teléfono, acuda o contacte con la Conserjería o con el personal de seguridad.

En horario nocturno o en festivos atiende el Centro de Control de Seguridad de la Universidad:

  • Teléfono : 96 665 89 49.
  • Extensión: 8949.

El plan de emergencia.

El plan de emergencia que se describe en este blog, con distintos documentos, responde al desarrollo efectuado de acuerdo al Articulo 20 de la LPRL.

Textualmente esta indica:

Artículo 20: Medidas de emergencia

El empresario, teniendo en cuenta el tamaño y la actividad de la empresa, así como la posible presencia de personas ajenas a la misma, deberá analizar las posibles situaciones de emergencia y adoptar las medidas necesarias en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores, designando para ello al personal encargado de poner en práctica estas medidas y comprobando periódicamente, en su caso, su correcto funcionamiento. El citado personal deberá poseer la formación necesaria, ser suficiente en número y disponer del material adecuado, en función de las circunstancias antes señaladas.

Para la aplicación de las medidas adoptadas, el empresario deberá organizar las relaciones que sean necesarias con servicios externos a la empresa, en particular en materia de primeros auxilios, asistencia médica de urgencia, salvamento y lucha contra incendios, de forma que quede garantizada la rapidez y eficacia de las mismas.

La aplicación del plan de emergencia desarrollado constituye el Capitulo 6 (procedimiento operativo) del manual de Autoprotección según el R.D. 393/ 2007: